Rectorado

El Rector es la primera autoridad ejecutiva de la Universidad. Ejercerá la función de representante legal, judicial, extrajudicial de la UMET y es el líder científico de la Institución. Dirige las funciones académicas, investigativa, de vinculación y gestión administrativa. Es el Presidente del Consejo Académico Superior y del Comité Científico. El Rector estará sujeto a la veeduría del Consejo de Regentes en todo lo relacionado al manejo de recursos institucional.
Son parte del rectorado la Secretaría General Técnica y la Procuraduría Nacional.

Equipo de Trabajo

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Rector  UMET

Ing. Diego Ramón Luna Álvarez, Ph.D.

ANDRES CUEVA G

Secretario General Técnico

Abg. Augusto Andrés Cueva Gaibor, Mgs.

La Secretaría General Técnica. - Es el órgano administrativo institucional que brinda apoyo a las autoridades del proceso gobernante y demás autoridades académicas y administrativas; tiene por propósito administrar, organizar, planificar, gestionar y controlar los procesos de documentación y archivo, así como tramitar actividades de certificación de actos administrativos que se generen en los procesos institucionales, de conformidad a las disposiciones reglamentarias, misión y objetivos institucionales. Para el cumplimiento de sus atribuciones y responsabilidades se apoyará en los procesos de: documentación y archivo institucional; certificación de actos del Consejo Académico Superior; certificaciones de graduados; y, registro de títulos.Son parte del rectorado la Secretaría General Técnica y la Procuraduría Nacional.

MAURICIO OHOA

Procurador Nacional

Dr. Jorge Mauricio López Ochoa, Mgs.

De la Procuraduría Nacional.- La Procuraduría Nacional es el Organismo que tiene bajo su responsabilidad brindar asesoría legal a las autoridades del proceso gobernante, unidades y autoridades académicas y administrativas. Debe patrocinar los procesos judiciales y contractuales que involucren a la Universidad. La Procuraduría estará dirigida por el Procurador Nacional, quien será designado por el Rector debe ser un doctor en jurisprudencia o abogado titulado. El Procurador estará sujeto a la veeduría del Consejo de Regentes en todo lo relacionado al manejo de recursos institucionales. Habrá un Subprocurador de sede en Quito y Machala, designados por el Rector y sometidos a la autoridad del Procurador. Son parte del rectorado la Secretaría General Técnica y la Procuraduría Nacional.